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Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Destinatarios

Para recibir la nueva ayuda municipal al alquiler hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Unidades de convivencia que formalicen un contrato de alquiler de una vivienda una vez finalizada su estancia y proceso de inclusión en un recurso residencial de la Red de Viviendas de Inclusión de Barcelona o en un recurso residencial para mujeres víctimas de violencia machista en que el servicio referente sea el SARA (servicio de Atención, Recuperación y Acogida) o ABITS (Agencia para el abordaje Integral del Trabajo Sexual) del Ayuntamiento de Barcelona, así como las personas que a petición de la Mesa de valoración para la adjudicación de viviendas por emergencia social hayan perdido su vivienda habitual y formalicen un nuevo contrato de alquiler.
  • Unidades de convivencia que hayan sido atendidas a través del servicio de mediación de la Red de Oficinas de Vivienda de Barcelona y que:
    • Hayan firmado un contrato de alquiler a través de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.
    • Hayan acordado una rebaja mínima de 50 € mensuales en el recibo de alquiler y siempre que presenten la solicitud en el plazo máximo de 120 días a contar desde la fecha de efectos del acuerdo de rebaja firmado con la propiedad. Excepcionalmente el requisito del acuerdo de rebaja de alquiler no será exigible si tiene iniciado un procedimiento judicial por impago de las rentas de alquiler.
  • Unidades de convivencia que hayan sido beneficiarias de la ayuda temporal garantizado y/o del servicio del soporte de acceso a la vivienda que otorga el Área de Derechos Sociales.