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Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Cuantía de la prestación

La prestación se reconoce a partir del mes siguiente a la fecha de la resolución favorable y para doce mensualidades. Se puede renovar anualmente hasta un máximo de veintidós cuatro meses más, siempre que se solicite la renovación.

El importe de la prestación complementaria para los gastos de fianza y de acceso a la vivienda en régimen de alquiler se establece sobre la base del gasto acreditado, con un importe máximo de 800 euros, y sólo se puede otorgar una vez.

Prestación complementaria para dar continuidad en el pago del alquiler:

  • El importe de la prestación se establece en el 60% de la renta anual de la vivienda, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda.

Prestaciones para atender situaciones de pérdida de la vivienda:

  • El importe de la prestación se establece en el 60% de la renta anual de la vivienda, con un límite máximo de 3.600 euros anuales por vivienda.

La prestación se reconoce a partir del mes siguiente de la finalización del derecho de la última resolución de concesión.

La prestación se renueva para doce mensualidades y se puede volver a renovar por un período máximo de doce meses más, siempre que se solicite la renovación.

La renovación de las prestaciones se formalizará anualmente con la presentación de la solicitud a través de cualquiera de los mecanismos o medios establecidos, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución.