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Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Documentación

La documentación necesaria para presentar es:

  • Todos los recibos de alquiler o cesión correspondientes en 2022 pagados. La presentación de estos recibos comporta la aceptación a participar en la presente convocatoria.
  • En caso de oponerse, pueden presentar un escrito manifestando su disconformidad.

Esta documentación se puede presentar:

  • Electrónicamente, a través del web de Trámites de la Generalitat de Cataluña (https://habitatge.gencat.cat/rebuts). Se requerirá identificación con idCAT móvil.
  • En las bolsas que forman parte de la Red de Mediación para el Alquiler Social o a las oficinas locales de vivienda, que colaboran mediante un convenio con la Agencia. En el supuesto que no se haya constituido una bolsa ni haya una oficina de vivienda en un ámbito territorial determinado, las solicitudes se pueden presentar en las dependencias de los servicios de la Agencia mencionada de cada demarcación.
  • En la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda, en los casos de inquilinos de viviendas gestionadas por administraciones o empresas públicas.
  • En la Agencia de la Vivienda de Cataluña, por los medios que establecen el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, y el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Una vez presentada la documentación prevista en el apartado primero, se procederá a dictar la resolución que corresponda. En el caso de falta de oposición a participar en esta convocatoria, se resolverá la concesión de la subvención para las mensualidades de alquiler o precio de cesión correspondientes al ejercicio 2022 debidamente justificadas.