Antecedentes

La necesidad de conocer la ciudad y las características de las partes de su territorio llevó ya a finales del siglo XIX a que la Administración municipal estableciera una división de distritos y obtuviera datos de estos distritos. Si nos remitimos a los anuarios estadísticos de Barcelona de principios del siglo XX, ya encontramos multitud de datos por distritos y barrios (División en diez Distritos Municipales con carácter interino, aprobada por el Consistorio de 24 de abril de 1897, con motivo de la agregación a Barcelona de los pueblos del llano).

En el año 1984 se aprobó la nueva división territorial (Consell Plenari de 18 -1-1984) de la ciudad de Barcelona, después de las décadas de los 60 y 70 de grandes transformaciones sociales y urbanísticas. Esta aprobación culminó un proceso de elaboración realizada por una comisión ciudadana en la que participaron diferentes entitades y instituciones oficiales, además de profesionales expertos. Desde este momento la ciudad de Barcelona se encuentra dividida en 10 Distritos Municipales.

La actual división territorial de la Ciudad se basa en la misma división de 10 distritos municipales del año 1984. La aprobación de la nueva división de 73 Barrios fue el 22 de Diciembre de 2006 en el Plenari del Consell Municipal, en el punto 21 de la orden del día. La aprobación de la delimitación y la denominación de los barrios se hizo al amparo del artículo 21 de la Carta Municipal de Barcelona y compromete a la reorganización / modificación de los reglamentos de organización y funcionamiento de los distritos, y también los trámites de actualización del seccionado de la Ciudad.

La actual división territorial consiste en:

  • 10 Distritos municipales
  • 73 Barrios
  • 233 Áreas Estadísticas Básicas (AEB)
  • 1.068 Secciones Censales, hasta 31-12-2013 1061 Secciones Censales

Distritos

Los Distritos municipales son la unidad territorial más grande dentro del municipio de Barcelona. Tienen denominación oficial numérica y nominal.


Barrios

El proyecto La Barcelona de los Barrios se inició el año 2004 con el objectivo de establecer una delimitación de la Ciudad en barrios significativos desde el punto de vista urbanístico y social, como marco territorial para el desarrollo de actuaciones urbanas y la dotación de ciertos niveles de equipamientos y servicios municipales (servicios de proximidad).

Criterios o condiciones para la delimitación de los 73 Barrios

  • Delimitación interna a los distritos, sin alteración de sus límites.
  • Identidad histórica y/o consolidada en la percepción ciudadana.
  • Importante grado de homogeneidad interna y de diferenciación de los demás desde los puntos de vista urbanística y social.
  • No fragmentación de barrios muy cohesionados y homogéneos, excepto cuando sus dimensiones lo hagan necesario (p.ex. Dreta de l’Eixample con 90.000 habitantes).
  • Población comprendida entre 5.000 y 50.000 habitantes (con alguna excepción), para evitar diferencias muy grandes entre ellos, y al mismo tiempo garantizar la viabilidad como espacios de convivencia y de prestación de servicios, dotaciones urbanas y equipamientos.
  • Extensión territorial similar.
  • Previsión de nuevos crecimientos ya planificados.

Para identificar, delimitar y formalizar los barrios de la Ciudad, el Ayuntamiento de Barcelona convocó una ponencia de 22 personas, entre ellas había expertos (sociólogos, abogados, periodistas, geógrafos, urbanistas, profesores universitarios, economistas y arquitectos, entre otros), además de los representantes de grupos políticos, equipos directivos de los distritos y técnicos municipales.

También se abrió un tiempo de participación ciudadana, para que todo el mundo pudiera opinar, para que los agentes ciudadanos más representativos, especialmente las asociaciones de vecinos, manifestaran su opinión y demandas al respecto.

Al mismo tiempo que los 73 Barrios, se crearon dos áreas de interés especial: Montjuic y Zona Franca. Por sus características de tener muy poca población y una gran superficie, reciben un tratamiento especial: para los datos estadísticos estan incluidas en el barrio al que pertenecen – Montjuic dentro de Poble Sec y la Zona Franca dentro de la Marina del Prat Vermell; pero territorialmente se pueden desglosar y considerar independientemente.

Para la denominación de los barrios se siguieron los criterios recomendados por el Institut d’Estudis Catalans. La denominación, igual que la de los distritos, es numèrica y nominal.

A partir del año 2007 empezaron a haber datos estadísticos a nivel de los 73 Barrios.


Áreas Estadísticas Básicas (AEB)

Es el nivel territorial entre los Barrios y las secciones censales. En la elaboración se siguió la directriz de todo el sistema territorial: cada nivel territorial tiene que estar contenido en el inmediatamente superior.

En la definición de estas zonas trabajó la Comisión de expertos que hizo una propuesta, que se ha mantenido con algunas modificaciones.

Criterios que se siguieron para la elaboración de las AEB:

  • Tendrían que ser en total entre 200 y 250 zonas.
  • Finalidad puramente estadística. No corresponden a barrios. Muy útiles para hacer estudios, con la misma función que la anterior zonificación de 248 ZRP.
  • No romper manzanas.
  • Un mínimo de electores de 500, siguiendo también la Ley electoral.
  • - Zonas uniformes dentro de los distritos (población, urbanísticos y sociológicos)

La denominación es numèrica, seguida de la 1 a la 233.


Las secciones censales / El cambio del seccionado

Las secciones censales estan reguladas por los criteris de mantenimiento marcados en la Ley Orgánica 5/1985 sobre Régimen Electoral General (artículo 23.2, sobre la distribución de los electores de un municipio por secciones censales). Este seccionado es variable en el tiempo dependiendo de los cambios de población. Desde el año 1991 las Secciones Censales habían sufrido varias modificaciones, como resultado de las revisiones del Censo electoral.

A efectes d’1 de gener de 2014 s’ha modificat el seccionat censal de la ciutat de Barcelona per tal d’adaptar-lo als criteris de manteniment del seccionat marcats a la Llei.

La aprobación de la delimitación de los 73 Barrios implicaba “la actualización del seccionado censal y padronal de la Ciudad”. Con este objetivo se creó la Comisión de Zonificaciones Estadísticas, sus funciones eran:

  • Implementar en las bases de datos municipales las delimitaciones de los 73 Barrios y de las zonas estadísticas derivadas.
  • Definir el nuevo seccionado de la ciudad adaptado a los Barrios y las zonas estadísticas mencionadas.
  • Acordar con el INE el nuevo seccionado y obtener su aprobación.
  • Implementar el nuevo seccionado y la nueva división territorial en general en las bases de datos municipales.

La Comisión estaba formada por diferentes representantes y técnicos municipales del Institut Municipal d’Informàtica (Població, Cartografia), de Urbanisme, del Cadastre de l’Institut Municipal d’Hisenda y del Gabinet Tècnic de Programació y del Departament d’Estadística.

Otra de las razones para la modificación del seccionado fue la necesaria revisión de muchas de las secciones para cumplir el criterio que marca la ley en cuanto al número de electores, y además, racionalizar el proceso de organización de las elecciones. La modificación del seccionado se hizo al amparo del artículo 24.1 de la Ley electoral que trata sobre los organismos que tienen competencia en la determinación de las secciones censales.

En el BOE de 11-4-1997 se publica la Resolución de 9-4-1997 de la Presidenta del INE y del Director General de Cooperación Territorial por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre gestión y revisión del padrón; en ella, se especifican los criterios generales de las secciones censales y de las revisiones del seccionado dentro de cada término municipal.

Los criterios para delimitar las secciones censales han sido: Definir secciones lo más homogéneas posible, de formas regulares y con un número de electores aproximado de 1.000.

Finalmente se efectuaron algunos ajustes y se corrigieron errores en los límites de algún distrito, que se habían modificado por obras de infraestructuras recientes o que incluían errores de delimitación puntuales.

La Alcaldía adoptó hacer la propuesta de resolución de “proponer a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Barcelona el nuevo seccionado y ordenó el cumplimiento con fecha de 31 de Diciembre de 2008; que fue ratificado en el Consell Plenari de Abril de 2009 y que empezó a aplicarse en el año 2009 tanto en las estadísticas como en el tema electoral.

La denominación de las 1.061 secciones censales es numérica: nº Distrito nº Sección censal; empezando en cada distrito la numeración de las secciones desde el número 1.

El seccionado actual estaba vigente desde Enero de 2009 y tenia 1.061 secciones censales. El 1 de Enero de 2014 se modificó el seccionado pasando a tener 1.068 secciones censales.