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Requisitos
Estar empadronado/ada en la vivienda en el momento de presentar la solicitud.
Tener una edad máxima de 35 años, incluidos, en el momento de hacer la solicitud.
En Barcelona ciudad y su área metropolitana, que el precio del alquiler de la vivienda sea, como máximo, de 950€, y de 450€ en caso del alquiler de habitaciones.
Estar al corriente de pago de las rentas de alquiler o precio de cesión en el momento de presentar la solicitud.
Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
Pagar el alquiler o precio de cesión de la vivienda o habitación por medio de transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por la persona administradora de la finca, en que consten los conceptos siguientes: la identificación de la persona pagadora, la identificación de la persona beneficiaria del pago y la mensualidad correspondiente.
Acreditar una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales de la unidad de convivencia iguales o inferiores a 2,977736 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC), (23.725,79€), en el ejercicio fiscal del año 2022, excepto en el supuestos de víctimas de terrorismo.
No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición por el hecho de ser persona beneficiaria de subvenciones en conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en su caso, no haber estado objeto de un procedimiento de revocación de alguno de las ayudas que establece el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, o el Plan estatal de vivienda anterior, por incumplimiento o causa imputable a la persona solicitante.
Cumplir las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Cataluña y las obligaciones con la Seguridad Social.