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También disponible en los siguientes idiomas: Árabe, coreano, chino, euskera, gallego, húngaro, italiano, japonés, polaco y portugués. Carta de Ciudades Educadoras Las ciudades con representación en el I
Congreso Internacional de Ciudades Educadoras, celebrado en
Barcelona en 1990, recogieron en la Carta inicial
los principios básicos para el impulso educativo de la ciudad.
Partían del convencimiento de que el desarrollo de sus habitantes
no puede dejarse al azar. La Carta fue revisada en el III
Congreso Internacional (Bolonia, 1994) y en el VIII Congreso (Génova, 2004)
para adaptar sus planteamientos a los nuevos retos y necesidades
sociales.
La presente Carta se fundamenta en la
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); en el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(1966); en la Convención sobre los Derechos de la Infancia (1989); en la Declaración Mundial sobre Educación para Todos
(1990), y en la Declaración Universal sobre
la Diversidad Cultural (2001).
Preámbulo
Hoy más que
nunca la ciudad, grande o pequeña, dispone de incontables
posibilidades educadoras, pero también pueden incidir en ella
fuerzas e inercias deseducadoras. De una forma u otra, la
ciudad presenta elementos importantes para una formación integral:
es un sistema complejo y a la vez un agente educativo permanente,
plural y poliédrico, capaz de contrarrestar los factores deseducativos.
La ciudad educadora tiene personalidad
propia, integrada en el país donde se ubica. Su identidad
es, por tanto, interdependiente con la del territorio del
que forma parte. Es, también, una ciudad que se relaciona
con su entorno; otros núcleos urbanos de su territorio y ciudades
de otros países. Su objetivo constante será aprender, intercambiar,
compartir y, por lo tanto, enriquecer la vida de sus habitantes.
La ciudad educadora ha de ejercitar y
desarrollar esta función paralelamente a las tradicionales
(económica, social, política y de prestación de servicios),
con la mira puesta en la formación, promoción y desarrollo
de todos sus habitantes. Atenderá prioritariamente a los niños
y jóvenes, pero con voluntad decidida de incorporación de
personas de todas las edades a la formación a lo largo de
la vida.
Las razones que justifican esta función
son de orden social, económico y político; orientadas, sobre
todo, a un proyecto cultural y formativo eficiente y convivencial.
Estos son los grandes retos del siglo XXI: en primer lugar,
"invertir" en la educación, en cada persona, de manera que
ésta sea cada vez más capaz de expresar, afirmar y desarrollar
su propio potencial humano, con su singularidad, creatividad
y responsabilidad. En segundo lugar, promover condiciones
de plena igualdad para que todos puedan sentirse respetados
y ser respetuosos, capaces de diálogo. Y, en tercer lugar,
conjugar todos los factores posibles para que pueda construirse,
ciudad a ciudad, una verdadera sociedad del conocimiento sin
exclusiones, para lo que hay que prever, entre otras necesidades,
un acceso fácil de toda la población a las tecnologías de
la información y de las comunicaciones que permiten su desarrollo.
Las ciudades educadoras, con sus instituciones
educativas formales y sus intervenciones no formales (con intencionalidad
educativa fuera de la educación reglada) e informales (no
intencionales ni planificadas) colaborarán, bilateral o multilateralmente,
para hacer realidad el intercambio de experiencias. Con espíritu
de cooperación, apoyarán mutuamente los proyectos de estudio
e inversión, bien en forma de cooperación directa, bien colaborando
con organismos internacionales.
La humanidad no está viviendo sólo una
etapa de cambios, sino un verdadero cambio de etapa. Las personas
deben formarse para su adaptación crítica y participación
activa en los retos y posibilidades que se abren con la globalización
de los procesos económicos y sociales; para su intervención
desde el mundo local en la complejidad mundial, y para mantener
su autonomía ante una información desbordante y controlada
desde centros de poder económico y político.
Por otra parte, el niño y el joven han
dejado de ser protagonistas pasivos de la vida social y, por
lo tanto, de la ciudad. La Convención de las Naciones Unidas
del 20 de noviembre de 1989, que desarrolla y considera vinculantes
los principios de la Declaración Universal de 1959, los ha
convertido en ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho al
otorgarles derechos civiles y políticos. Pueden, por tanto,
asociarse y participar según su grado de madurez.
La protección del niño y del joven en
la ciudad no consiste sólo en privilegiar su condición. Importa
además hallar el lugar que en realidad les corresponde junto
a unas personas adultas que posean como virtud ciudadana la
satisfacción que debe presidir la convivencia entre generaciones.
Niños y adultos aparecen, a principios del siglo XXI, necesitados
por igual de una educación a lo largo de la vida, de una formación
siempre renovada.
La ciudadanía global se va configurando
sin que exista todavía un espacio global democrático, sin
que muchos países hayan alcanzado una democracia efectiva
y a la vez respetuosa con sus genuinos patrones sociales y
culturales y sin que las democracias con mayor tradición puedan
sentirse satisfechas con la calidad de sus sistemas. En tal
contexto, las ciudades de todos los países deben actuar, desde
su dimensión local, como plataformas de experimentación y
consolidación de una ciudadanía democrática plena, promotoras
de una convivencia pacífica mediante la formación en valores
éticos y cívicos, el respeto a la pluralidad de las diversas
formas posibles de gobierno y el estímulo de unos mecanismos
representativos y participativos de calidad.
La diversidad es inherente a las ciudades
actuales y se prevé un incremento aún mayor en el futuro.
Por ello, uno de los retos de la ciudad educadora es promover
el equilibrio y la armonía entre identidad y diversidad, teniendo
en cuenta las aportaciones de las comunidades que la integran
y el derecho de todos los que en ella conviven a sentirse
reconocidos desde su propia identidad cultural.
Vivimos en un mundo de incertidumbre
que privilegia la búsqueda de seguridad, que a menudo se expresa
como negación del otro y desconfianza mutua. La ciudad educadora,
consciente de ello, no busca soluciones unilaterales simples;
acepta la contradicción y propone procesos de conocimiento,
diálogo y participación como el camino idóneo para convivir
en y con la incertidumbre.
Se afirma pues, el derecho a la ciudad
educadora, que debe entenderse como una extensión efectiva
del derecho fundamental a la educación. Debe producirse una
verdadera fusión, en la etapa educativa formal y en la vida
adulta, de los recursos y la potencia formativa de la ciudad
con el desarrollo ordinario del sistema educativo, laboral
y social.
El derecho a la ciudad educadora debe
ser una garantía relevante de los principios de igualdad entre
todas las personas, de justicia social y de equilibrio territorial.
Ello acentúa la responsabilidad de los
gobiernos locales en el sentido de desarrollar todas las potencialidades
educativas que alberga la ciudad, incorporando a su proyecto
político los principios de la ciudad educadora.
Principios
I.- EL DERECHO A LA CIUDAD EDUCADORA
1. Todos
los habitantes de una ciudad tendrán el derecho a disfrutar,
en condiciones de libertad e igualdad, de los medios y oportunidades
de formación, entretenimiento y desarrollo personal que la
misma ofrece. El derecho a la ciudad educadora se propone
como una extensión del derecho fundamental de todas las personas
a la educación. La ciudad educadora renueva permanentemente
su compromiso con la formación de sus habitantes a lo largo
de la vida en los más diversos aspectos. Y para que ello sea
posible, deberá tener en cuenta todos los grupos, con sus
necesidades particulares.
En la planificación y gobierno de la
ciudad se tomarán las medidas necesarias encaminadas a suprimir
los obstáculos de cualquier tipo, incluidas las barreras físicas,
que impidan el ejercicio del derecho a la igualdad. Serán
responsables de ello tanto la administración municipal como
otras administraciones que incidan en la ciudad; y estarán
también comprometidos en esta empresa los propios habitantes,
tanto a nivel personal como a través de las distintas formas
de asociación a las que pertenezcan.
2. La ciudad
promoverá la educación en la diversidad, para la comprensión,
la cooperación solidaria internacional y la paz en el mundo.
Una educación que combata cualquier forma de discriminación.
Favorecerá la libertad de expresión, la diversidad cultural
y el diálogo en condiciones de igualdad. Acogerá tanto las
iniciativas de vanguardia como las de cultura popular, independientemente
de su origen. Contribuirá a corregir las desigualdades que
surjan en la promoción cultural producidas por criterios exclusivamente
mercantiles.
3. Una ciudad
educadora fomentará el diálogo entre generaciones, no sólo
como fórmula de convivencia pacífica, sino como búsqueda de
proyectos comunes y compartidos entre grupos de personas de
edades distintas. Estos proyectos deberían orientarse a la
realización de iniciativas y acciones cívicas cuyo valor consista
precisamente en su carácter intergeneracional y en el aprovechamiento
de las respectivas capacidades y valores propios de las distintas
edades.
4. Las políticas
municipales de carácter educativo se entenderán siempre referidas
a un contexto más amplio inspirado en los principios de la
justicia social, el civismo democrático, la calidad de vida
y la promoción de sus habitantes.
5. Las municipalidades
ejercerán con eficacia las competencias que les correspondan
en materia de educación. Sea cual fuere el alcance de estas
competencias, deberán plantear una política educativa amplia,
de carácter transversal e innovador, incluyendo en ella todas
las modalidades de educación formal, no formal e informal
y las diversas manifestaciones culturales, fuentes de información
y vías de descubrimiento de la realidad que se produzcan en
la ciudad.
El papel de la administración municipal es establecer las
políticas locales que se revelen posibles y evaluar su eficacia;
además de obtener los pronunciamientos legislativos oportunos
de otras administraciones, estatales o regionales.
6. Con el
fin de llevar a cabo una actuación adecuada, las personas
responsables de la política municipal de una ciudad deberán
tener información precisa sobre la situación y necesidades
de sus habitantes. En este sentido realizarán estudios, que
mantendrán actualizados y harán públicos, y establecerán canales
permanentes abiertos a individuos y colectivos que permitan
formular propuestas concretas y de política general. Asimismo,
el municipio en el proceso de toma de decisiones en cualquiera
de los ámbitos de su responsabilidad, tendrá en cuenta el
impacto educativo y formativo de las mismas.
II.- EL COMPROMISO DE LA CIUDAD
7. La ciudad
ha de saber encontrar, preservar y presentar su propia y compleja
identidad. Ello la hará única y será la base para un diálogo
fecundo en su interior y con otras ciudades. La valoración
de sus costumbres y de sus orígenes ha de ser compatible con
las formas de vida internacionales. De este modo podrá ofrecer
una imagen atractiva sin desvirtuar su entorno natural y social.
A su vez, promoverá el conocimiento, aprendizaje y uso de
las lenguas presentes en la ciudad como elemento integrador
y factor de cohesión entre las personas.
8. La transformación y el crecimiento
de una ciudad deberán estar presididos por la armonía entre
las nuevas necesidades y la perpetuación de construcciones
y símbolos que constituyan claros referentes de su pasado
y de su existencia. La planificación urbana deberá tener en
cuenta el gran impacto del entorno urbano en el desarrollo
de todos los individuos, en la integración de sus aspiraciones
personales y sociales y deberá actuar contra la segregación
de generaciones y de personas de diferentes culturas, las
cuales tienen mucho que aprender unas de otras.
La ordenación del espacio físico urbano atenderá las necesidades
de accesibilidad, encuentro, relación, juego y esparcimiento
y un mayor acercamiento a la naturaleza. La ciudad educadora
otorgará un cuidado especial a las necesidades de las personas
con dependencia, en su planificación urbanística, de equipamientos
y servicios, con el fin de garantizarles un entorno amable
y respetuoso con las limitaciones que puedan presentar, sin
que hayan de renunciar a la máxima autonomía posible.
9. La ciudad educadora fomentará
la participación ciudadana desde una perspectiva crítica y
corresponsable. Para ello, el gobierno local facilitará la
información necesaria y promoverá, desde la transversalidad,
orientaciones y actividades de formación en valores éticos
y cívicos.
Estimulará, al mismo tiempo, la participación ciudadana
en el proyecto colectivo a partir de las instituciones y organizaciones
civiles y sociales, tomando en consideración las iniciativas
privadas y otras formas de participación espontánea.
10. El gobierno municipal deberá
dotar a la ciudad de los espacios, equipamientos y servicios
públicos adecuados al desarrollo personal, social, moral y
cultural de todos sus habitantes, con especial atención a
la infancia y la juventud.
11. La ciudad
deberá garantizar la calidad de vida de todos sus habitantes.
Ello supone el equilibrio con el entorno natural, el derecho
a un medio ambiente saludable, además del derecho a la vivienda,
al trabajo, al esparcimiento y al transporte público, entre
otros. A su vez, promoverá activamente la educación para la
salud y la participación de todos sus habitantes en buenas
prácticas de desarrollo sostenible.
12. El proyecto
educativo explícito y el implícito en la estructura y el régimen
de la ciudad, los valores que ésta fomente, la calidad de
vida que ofrezca, las celebraciones que organice, las campañas
o proyectos de cualquier tipo que prepare, serán objeto de
reflexión y participación, con los instrumentos necesarios
que ayuden a las personas a crecer personal y colectivamente.
III. AL SERVICIO INTEGRAL DE LAS
PERSONAS
13. La municipalidad
evaluará el impacto de aquellas propuestas culturales, recreativas,
informativas, publicitarias o de otro tipo y de las realidades
que niños y jóvenes reciben sin mediación alguna. Llegado
el caso, emprenderá sin dirigismos acciones que den lugar
a una explicación o a una interpretación razonables. Procurará
que se establezca un equilibrio entre la necesidad de protección
y la autonomía para el descubrimiento. Proporcionará, asimismo,
ámbitos de formación y debate, incluyendo el intercambio entre
ciudades, con el fin de que todos sus habitantes puedan asumir
plenamente las novedades que éstas generan.
14. La ciudad procurará que las
familias reciban la formación que les permita ayudar a sus
hijos a crecer y a aprehender la ciudad, dentro del espíritu
de respeto mutuo. En este mismo sentido desarrollará propuestas
de formación para los educadores en general y para las personas
(particulares o personal de servicios públicos) que en la
ciudad cumplen, a menudo sin ser conscientes de ello, funciones
educativas. Se ocupará, asimismo, de que los cuerpos de seguridad
y de protección civil que dependen directamente del municipio
actúen conforme a dichas propuestas.
15. La ciudad
deberá ofrecer a sus habitantes la perspectiva de ocupar un
puesto en la sociedad; les facilitará el asesoramiento necesario
para su orientación personal y vocacional y posibilitará su
participación en actividades sociales. En el terreno específico
de la relación educación-trabajo es importante señalar la
estrecha relación que deberá existir entre la planificación
educativa y las necesidades del mercado de trabajo.
En este sentido, las ciudades definirán estrategias de formación
que tengan en cuenta la demanda social y cooperarán con las
organizaciones sindicales y empresariales en la creación de
puestos de trabajo y en actividades formativas de carácter
formal y no formal, a lo largo de la vida.
16. Las
ciudades deberán ser conscientes de los mecanismos de exclusión
y marginación que les afectan y de las modalidades que revisten,
y desarrollarán las políticas de acción afirmativa necesarias.
En especial, atenderán a las personas recién llegadas, inmigrantes
o refugiados, que tienen derecho a sentir con libertad la
ciudad como propia. Dedicarán esfuerzos a fomentar la cohesión
social entre los barrios y sus habitantes de toda condición.
17. Las intervenciones
encaminadas a resolver las desigualdades pueden adquirir formas
múltiples, pero deberán partir de una visión global de la
persona, configurada por los intereses de cada una de ellas
y por el conjunto de derechos que atañen a todos. Cualquier
intervención significativa ha de garantizar la coordinación
entre las administraciones implicadas y sus servicios. Se
fomentará también la cooperación de las administraciones con
la sociedad civil libre y democráticamente organizada en instituciones
del llamado tercer sector, organizaciones no gubernamentales
y asociaciones análogas.
18. La ciudad
estimulará el asociacionismo como forma de participación y
corresponsabilidad cívica, a fin de canalizar actuaciones
al servicio de la comunidad y obtener y difundir información,
materiales e ideas para el desarrollo social, moral y cultural
de las personas. A su vez, contribuirá en la formación para
la participación en los procesos de toma de decisiones, de
planificación y de gestión que la vida asociativa conlleva.
19. El municipio
deberá garantizar información suficiente y comprensible e
incentivar a sus habitantes a informarse. Considerando el
valor que supone seleccionar, comprender y tratar el gran
caudal de información actualmente disponible, la ciudad educadora
facilitará recursos que estén al alcance de todos. El municipio
identificará los colectivos que precisen de una atención singularizada,
y pondrá a su disposición puntos especializados de información,
orientación y acompañamiento.
A su vez, establecerá programas formativos en tecnologías
de la información y las comunicaciones para todas las edades
y grupos sociales con la finalidad de combatir nuevas formas
de exclusión.
20. La ciudad
educadora deberá ofrecer a todos sus habitantes, como objetivo
crecientemente necesario para la comunidad, formación en valores
y prácticas de ciudadanía democrática: el respeto, la tolerancia,
la participación, la responsabilidad y el interés por lo público,
por sus programas, sus bienes y sus servicios.
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Esta Carta expresa el compromiso de las ciudades que la suscriben
con todos los valores y principios que en ella se han manifestado.
Se define como abierta a su propia reforma y deberá ser ampliada
con los aspectos que la rápida evolución social requiera en
el futuro.
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