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Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Dónde dirigirse y documentación a presentar

Per tal de resoldre les vostres consultes i fer el tràmit, us podeu adreçar:

A cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, para información y tramitación de las ayudas.


Documentación

Formulario de solicitud de prestación para el pago del alquiler, donde se incluye:

  • Autoritzación de la persona solicitante y de todas las personas de la unidad de convivencia porque los órganos que gestionan las solicitudes puedan pedir y obtener datos relacionados con la tramitación y seguimiento de la solicitud.
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos a la convocatoria y de no concurrir en ningún motivo de exclusión
  • Hoja normalizada de datos bancarios donde se tiene que hacer el pago de la prestación, debidamente firmado y sellado por la entidad financiera y firmado por el/a solicitante.
  • DNI/NIF/ANIDO o pasaporte de todos los miembros mayores de edad de la unidad de convivencia. Si han cambiado de ANIDO a DNI tienen que hacer constar en la solicitud el anterior documento de identificación ANIDO.
  • Recibos de alquiler de 2017 hasta la fecha de presentación, con la información necesaria según el sistema de pago utilizado.
  • Contrato de alquiler a nombre de la persona solicitante. Si no es titular del contrato de alquiler tendrá que acreditar el derecho de uso de la vivienda aportando la subrogación, la sentencia judicial o, si se tercia, el convenio de separación o divorcio.
  • Volante o certificado de convivencia que acredite la residencia habitual a la vivienda de todas las personas que forman la unidad de convivencia (lo obtiene la Administración local de oficio si lo autorizáis).
  • Acreditación del empadronamiento en Cataluña durante un plazo mínimo de cinco años, dos de los cuales tienen que ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud y se tiene que acreditar la residencia legal en España. Esta acreditación se tiene que hacer con la siguiente documentación:
    • Beneficiarios con nacionalidad española, de algún miembro de la Unión Europea o de algún país del Espacio Económico Europeo: Sólo empadronamiento histórico en el municipio o municipios donde hayan residido durante este periodo.
    • Otros beneficiarios que no tienen la nacionalidad española: si al ANIDO figura “larga duración” o “larga duración UE / permanente / familiar de ciudadano de la unión permanente”, quiere decir que la persona trae cinco años de residencia legal al Estado español o algún sido miembro de la UE, por lo tanto, ya queda acreditado el cumplimiento de este requisito. Para estos casos se tomará como válida 5 años anteriores a la fecha de expedición.
    • El resto de solicitantes extracomunitarios tendrán que solicitar el certificado de residencia dirigiéndose a la Comisaria de Policía situada al Paseo San Juan 189 de BCN y presentar la siguiente documentación: pasaporte, ANIDO y volando de empadronamiento. Por estos casos se tomará como válida la fecha de la concesión de la residencia.

Acreditación de los ingresos de la persona solicitante y de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral. Según el caso, hay que acreditarlos de la manera siguiente:

1. Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiendo al periodo impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido en fecha de presentación de la solicitud (ejercicio 2015).

2. En caso de no estar obligado a presentar la declaración del IRPF, habrá que presentar el certificado de imputaciones de la AEAT y el informe de la vida laboral de todos los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral (excluidos los mayores de 65 años jubilados).

3. En caso de ingresos no susceptibles de tributación hará falta que se presenten los documentos acreditativos: pensiones exentas, ayudas familiares, etc

  • En situaciones sobrevenidas respete las acreditadas en la convocatoria el año anterior (paro, jubilación, separación, viudedad, discapacitado), se tendrá que acreditar los ingresos del año en curso de la persona/se que ha/n tenido el cambio a través de la documentación acreditativa (certificado de las pensiones contributivas o no contributivas de la Seguridad Social y de la Generalitat, certificado de la Oficina de Trabajo de la Generalitat donde indique el periodo y el importe reconocido de paro o subsidio, certificado de haberes de la empresa, ...) y el informe de la vida laboral.

    IMPORTANTE: en caso de tener en cuenta los ingresos del año 2017 la persona que ha tenido el cambio tiene que solicitar que se tengan en cuenta los ingresos del año en curso.

  • En caso de no presentar la declaración del IRPF, modelo normalizado de declaración responsable de ingresos e informe de la vida laboral de los miembros de la unidad de convivencia en edad de trabajar en el que se adjuntarán los documentos anteriormente descritos. Importante: Si los ingresos se acreditan por medio de esta declaración, no se aceptarán otros justificantes. Por lo tanto si una persona trae declaraciones diversas, hace falta que se sumen todos los importes y el resultado figure en la declaración responsable de ingresos normalizada.
  • En el supuesto de que todos los ingresos de la unidad de convivencia se acrediten por medio de declaraciones responsables, hará falta que se acompañe el expediente de un informe emitido por los servicios sociales municipales o del director de la Oficina de la Vivienda explicando la situación socioeconómica de la unidad de convivencia.

Según la situación familiar y/o personal habrá que aportar además:

1. Libro de familia, si procede

2. Certificado de reconocimiento grado de discapacitado emitido por el ICASS, si es el caso.

3. Documentación acreditativa del proceso de desahucio o de ejecución hipotecaria de la vivienda u otros procesos reconocidos y validados de intermediación en que se haya perdido la vivienda donde se ha vivido con anterioridad, como en casos de dación en pago.

4. Resolución del Ministerio del Interior o sentencia judicial firme en caso de acreditar la condición de víctima de terrorismo o de amenazado.

5. Carné de familia monoparental, si es el caso

6. Carné de familia numerosa, si es el caso.

7. Certificado del Departamento de Bienestar y Familia en caso de acreditar ser persona joven extutelada.

8. Certificado de Inmigración se caso de acreditar ser persona con medidas de protección internacional.

9. Documentación judicial u orden de protección vigente en caso de acreditar situaciones de violencia género.